Una de las cuestiones que los abogados de extranjería en Guadalajara están recibiendo con frecuencias en las últimas semanas es sobre si serán capaces de votar en las próximas elecciones municipales. Es un tema delicado, ya que puede influir en su futuro.

Por ello, como podrá confirmarte cualquier abogados de extranjería en Guadalajara, queremos darte las claves de esta cita política tan importante:

- Los ciudadanos de la Unión Europea que vivan en territorio español deben estar inscritos en el censo electoral para poder votar. Para ello, tienen que haberse inscrito previamente en el Padrón municipal. Además, tienen que ser mayores de edad el día que se celebre la votación y haber declarado su intención de votar en las elecciones. Dicha declaración es de carácter permanente mientras viva en España y que no se diga lo contrario.

- Los ciudadanos de los países que tengan acuerdos de reciprocidad. Estos países son: Chile, Colombia, Perú, Islandia, Cabo Verde, Noruega, Nueva Zelanda, Ecuador, Bolivia, Trinidad y Tobago, República de Corea y Paraguay. Si estos ciudadanos son residentes legales, en España (cinco años en el momento de inscripción en el censo, tres años el día de la votación para noruegos y sin mínimo de tiempo para neozelandeses), pueden votar en las elecciones municipales. Además, tienen que ser mayores de 18 años y no haber sido privados del derecho al voto.

El voto para estas elecciones municipales se realizará en el municipio en el que la persona extranjera esté previamente empadronada, siempre que lo haya hecho con la debida anticipación en relación a la fecha de la votación.

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